La ambigüedad del Tribunal Supremo

El TS insinúa que la respuesta del TJUE es irrelevante para la sentencia

Javier Pérez Royo
3 min

Una vez planteada la cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre el alcance de la inmunidad de Oriol Junqueras proclamado Diputado europeo electo por la Junta Electoral Central (JEC), pero que no ha podido ocupar su escaño en el Parlamento porque el Tribunal Supremo no le ha permitido acudir a la sede de la JEC a prometer o jurar la Constitución, ¿podría el TS dictar sentencia sobre el “caso procés” antes de que el TJUE hubiera dado respuesta a la cuestión prejudicial?

La respuesta al interrogante, en mi opinión, es claramente negativa. Desde la STJUE de 15 de junio de 1995 el Tribunal de Luxemburgo viene afirmando de manera ininterrumpida que el juicio nacional en el que se ha planteado la cuestión prejudicial de interpretación tendrá que quedar suspendido hasta que el TJUE haya decidido.

Así se desprende también del tenor literal del artículo 267 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), que establece que solo se puede plantear la cuestión prejudicial si el órgano judicial nacional necesita la interpretación del TJUE para resolver el caso. Cuando esto ocurre, cuando el TS plantea la cuestión porque entiende que necesita la interpretación del TJUE para resolver el caso, parece claro que tendrá que esperar a que llegue la respuesta a la cuestión planteada.

El TS, sin embargo, en el Auto a través del cual eleva la cuestión prejudicial al TJUE, incluye en el Fundamento de Derecho Primero, “Precisión del incidente donde se suscita la cuestión”, una distinción entre el “objeto principal del proceso penal, enjuiciamiento de unos hechos calificados como delito de rebelión...,” sobre el que no se plantea ninguna cuestión prejudicial al TJUE, y la “pieza” relativa a la “situación de privación de libertad” de Oriol Junqueras, en la que se inserta la cuestión que se plantea.

El TS viene a insinuar que la pieza es “autónoma” respecto del objeto principal del proceso penal y que, en consecuencia, la respuesta del TJUE es irrelevante para la sentencia que el TS tiene que dictar. Únicamente incide o puede incidir la decisión del TJUE en “el momento” en que el TS podría dictar la sentencia. Si Oriol Junqueras, en opinión del TJUE, tuviera que ser puesto en libertad para poder ocupar su escaño en el Parlamento Europeo, tendría inmunidad y el TS no podría dictar sentencia hasta haber solicitado el suplicatorio al Parlamento Europeo y haber obtenido respuesta de éste. Desde esta perspectiva exclusivamente es relevante la opinión del TJUE.

Pero ¿qué ocurriría si el TS hubiera dictado sentencia sobre el objeto principal antes de que el TJUE hubiera dado respuesta a la cuestión sobre la “pieza autónoma”? Es obvio que una vez que el TS hubiera dictado sentencia firme sobre la responsabilidad penal de Oriol Junqueras en el caso procés, la decisión del TJUE sobre su inmunidad sería irrelevante. Sentaría doctrina, pero no de aplicación al caso con ocasión del cual se establecería.

Esta es, según Antoni Bayona ('Absències a Estrasburg', ARA, 4 de julio de 2019), la finalidad que persigue el TS al plantear la cuestión prejudicial. Llegaba a afirmar expresamente que el planteamiento intenta “ganar tiempo para que antes de que el conflicto jurídico se resuelva, ya haya sentencia firme y con ella desaparezca la inmunidad”.

Me cuesta trabajo creer que el TS se arriesgue a poner en práctica una estratagema de esta naturaleza, aunque de la redacción del Auto parece desprenderse en algún momento que esa pueda ser su intención. En unos meses lo sabremos. Lo que sí parece desprenderse de la lectura de dicho Auto es que el TS es consciente de que si no puede evitar que Oriol Junqueras ocupe su escaño en el Parlamento, perdería el control del calendario sobre la sentencia, además de la consecuencia que tendría sobre la adquisición de la condición de parlamentarios europeos de Carles Puigdemont y Toni Comín y la situación de prisión provisional de todos los demás procesados.

Como escribía hace unos días aquí mismo, una vez despejada la investidura del Presidente del Gobierno, esta es la cuestión más relevante en el comienzo de la presente legislatura.

stats