El protagonismo de las defensas-porras

La Fiscalía pregunta a los testigos por el uso de las armas de defensa policial

Ernesto Ekaizer
3 min
Els fiscals del Tribunal Suprem Consuelo Madrigal i Jaime Moreno, durant el judici contra el Procés

MadridLas letrados de los acusados se han interesado durante el interrogatorio de los policías que acudieron a los colegios de votación por el uso de las defensas, como se denomina al material o armas de defensa policial. Hasta ayer. No es que dejaran de hacerlo. Pero a diferencia de los interrogatorios de los últimos días, también los fiscales preguntaron a sus testigos, en varias casos, si habían hecho uso de las defensas-vamos, las porras en román paladino-y las razones por las cuáles lo hicieron.

Ayer el tema monográfico eran los colegios de Lleida: la Escuela Oficial de Idiomas, el centro sanitario del barrio Cappont, el instituto Caparella o el Centro de Formación de Adultos Juan Carlos I.

Los agentes de la Unidad de Intervención Policial (UIP) de la Policía Nacional o antidisturbios explicaron que las actuaciones, por ejemplo en Cappont, se hizo en dos fases. Había, relató uno de los agentes, doscientas personas. Al principio, intervenían “con mucha calma para evitar cualquier lesión”, luego se vieron obligados a replegarse. “Nos rodearon. A la salida tuvimos que sacar la defensa reglamentaria. Me golpearon cuando estaba de espaldas". Y tuvo que ir al médico.

A su vez, según el testigo, los dos agentes de los Mossos que había en el exterior mantuvieron en todo momento una actitud pasiva. "Se apartaron a un lateral y no hicieron nada".

La fiscal Consuelo Madrigal preguntó por el uso de las defensas a varios testigos que intervinieron en el Instituto Caparella o en el Centro de Formación de Adultos Juan Carlos I. En todos los casos, los agentes responsabilizaron a la gente, a su resistencia agresiva, a lo que podríamos llamar la masa de acoso.

También el fiscal Jaime Moreno indagó por esas defensas. "¿En algún momento vio si se usaron las defensas?", preguntó Moreno. "Particularmente, yo sí la usé. En mi caso era para intentar reconducir a la gente y al ver que recibía golpes por todos los lados tuve que defenderme”, respondió el agente.

Es posible que estas declaraciones, aparte de ilustrar lo que la Fiscalía presenta como el clima de violencia intimidatoria del delito de rebelión, también reflejen el deseo de los protagonistas, los policías, de justificar las imágenes de represión que ya han dado la vuelta al mundo y que el tribunal va a proyectar en la sesión documental que seguirá a la fase testifical. Que frente a una resistencia “totalmente organizada”, según la ha definido ayer uno de los testigos, no cabía en última instancia más alternativa que el uso de las porras.

La semana próxima, la Fiscalía interrogará al exdirector general de la Policía Albert Batlle y al exconsejero de Interior Jordi Jané, entre otros políticos que abandonaron el Govern. Los fiscales intentarán lo que ya buscaban en instrucción: presentar su salida de la Generalitat por discrepancias con el curso independentista rebelde que culminaría con la convocatoria del referéndum y la declaración de la independencia.

Mientras, ya se hacen cálculos sobre qué pasará después de dictarse la sentencia en septiembre o primeros de octubre. Los acusados, antes de acudir al Tribunal Constitucional (TC), deberán presentar el preceptivo incidente de nulidad de sentencia ante el propio Tribunal Supremo. Este trámite se sustanciará a primeros de 2020. Y al resolverse negativamente abrirá la vía al TC.

El recurso ante el Constitucional puede resolverse fácilmente a finales de 2020 o primeros de 2021. En esas fechas, agotada la justicia española, se podrán elevar los recursos ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), al que le llevará varios años resolver.

Pero, en función de las penas que establezca la sentencia, y teniendo en cuenta que algunos de los acusados ya habrán permanecido para entonces dos años de prisión preventiva, las defensas podrán invocar el reglamento penitenciario que estipula las diferentes modalidades de régimen abierto.

El artículo 100.2 del reglamento penitenciario contempla el principio de flexibilidad, adoptando respecto a cada penado un modelo de ejecución en el que se combinan aspectos característicos de cada uno de los grados de clasificación.

Ello permite la incorporación progresiva al llamado medio abierto de penados clasificados en segundo grado de tratamiento.

Y last but not least, el indulto tan socorrido al que se aferran como tabla de salvación el PP y Ciudadanos contra el PSOE. Aquellos que indultaron a José Barrionuevo y a Rafael Vera, por los crímenes del GAL (Gobierno de José María Aznar) ahora pretenden ahorcar con esa soga a Pedro Sánchez.

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