Josef K. Trapero

Trapero se tiene que defender de un delito, sedición, de que no está acusado

Ernesto Ekaizer
3 min
Concentració espontània de ciutadans davant de la conselleria d'Economia durant l'operació de la Guàrdia Civil contra l'1-O

MadridLa declaración del mayor Josef K. Trapero ha concluido después de tres jornadas. Perdón. Se me ha ido el santo al cielo, ¿por qué estaría yo pensando en Kafka? El mayor Josep Lluís Trapero se ha tenido que defender, como el Josef K, de Franz Kafka, ante algo que el fiscal Miguel Ángel Carballo no ha tenido a bien calificar al comienzo del juicio oral, el pasado lunes 20 de enero. Llegó el fiscal a la vista con una acusación por rebelión, pero enseguida reconoció que cambiaría el delito al finalizar el juicio porque era consciente de que el Tribunal Supremo había sentenciado los mismos hechos como delito de sedición. Es decir: su modificación no sería el resultado de la evaluación de la prueba en el plenario sino de la sentencia del tribunal superior ya dictada. ¿De qué delito debía defenderse el acusado? Eso no quedó claro al comenzar el juicio ya que el fiscal y el tribunal estuvieron de acuerdo: no era el momento procesal oportuno.

¿Hay algo más kafkiano que la descripción que el lector acaba de leer?

Trapero debería ser absuelto porque aún admitiendo los correos electrónicos, informes, manipulaciones, errores de traducción del catalán al castellano y demás elucubraciones de la fiscalía, no ha cometido delito alguno.

En el puzle de la rebelión, fabricado por el extinto magistrado Juan Antonio Ramírez Sunyer y su continuador en el Supremo Pablo Larena, la figura de Trapero como el representante del ejército de 17.000 hombres armados de los Mossos, era la pieza que representaba la violencia potencial, la intimidación.

Pero esa pieza por sí misma se ha revelado completamente vacía.

Seamos claros. Trapero estaba entre dos fuegos o dos banderas. Estaba convencido de que solo una represión sangrienta podría frenar a 2 millones en la calle el 1-O. No estaba dispuesto a hacerlo. Y maniobró con unos y con otros al filo de la navaja. Se apoyó en las ordenes judiciales para disuadir a sus jefes políticos. Sin éxito.

Ramírez Sunyer, el teniente coronel de la Guardia Civil Daniel Baena, Pérez de los Cobos, Llarena y los fiscales han viajado por el túnel del tiempo al 6 de octubre de 1934, el día en que el president Companys proclamó el Estado catalán. Sustituyeron a Lluís Companys por Carles Puigdemont y al jefe de los Mossos d’Esquadra, el comandante de artillería del Ejército Enrique Pérez Farrás, encargado de la defensa de la Generalitat con cien hombres armados, por el mayor Trapero. Lo que ocurrió el 1-O fue, explicaron, lo mismo en nuestro tiempo. Una rebelión posmoderna.

El fiscal Carballo se querelló el 22 de septiembre de 2017 -tras la concentración de 40.000 personas el 20 de septiembre ante la consejería de Economía- por los delitos de sedición o conspiración, proposición o provocación. Después del 1 de octubre añadió otro delito de sedición contra Trapero. La magistrada Lamela procesó por dos delitos de sedición y por organización criminal. Y Carballo acusó el 2 de noviembre de 2018 por delito de rebelión -Supremo obliga- y ha prometido al comenzar el juicio volver a la sedición cuando toque elevar las conclusiones provisionales (rebelión) a definitivas.

El magistrado ponente, Ramón Sáez, difícilmente vaya a concluir que la concentración del 20 de septiembre de 2017 pueda encajar en el delito de sedición. Ya consideró en la sentencia del asedio al Parlament – en 2014- que prevalecía el derecho de manifestación sobre el derecho de los parlamentarios a consumar los recortes sociales y el tribunal absolvió a 19 acusados.

Pero el tribunal presentaba una composición diferente. Los otros dos magistrados eran Fernando Grande-Marlaska y Manuela Fernández de Prado. Sáez contó el respaldo de Fernández de Prado y con la oposición de Grande-Marlaska -ministro de Interior avant la lettre - quepresentó voto particular. Pero tanto la Fiscalía, como la Generalitat y el Parlament recurrieron la sentencia absolutoria.

Y Manuel Marchena fue el ponente en la casación y propuso condenar a tres años, sin escuchar a los acusados, en una sentencia que espera el resultado de los recursos de amparo en paralelo tanto en el Tribunal Constitucional, como en el Tribunal de Europeo de Derechos Humanos (TEDH).

Ahora Sáez es el ponente pero con dos magistrados conservadores: la presidenta Concepción Espejel y elex presidente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Francisco Vieira.

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